En 1997 Enrique Krauze publicó “La Presidencia Imperial”, trabajo literario que nos detalló en forma precisa la manera de gobernar de los Presidentes de la Republica, desde Manuel Avila Camacho hasta Carlos Salinas de Gortari, todos ellos con diferentes estilos de gobernar, pero, por las bondades del sistema imperante, con un mismo carácter en el ejercicio del poder: absoluto y caprichoso.
Esa Presidencia Imperial actualmente ha sido reducida a añicos, pues Zedillo, Fox y Calderón tuvieron que compartir enormemente el poder con el Congreso, la Suprema Corte, los grandes capitales y los Partidos Políticos; a la vez de que también se enfrentaron a feroces oposiciones en el ejercicio del poder Presidencial por parte de los líderes sindicales, las Televisoras, la Prensa y, por qué no decirlo, del crimen organizado. O si no, ¿cómo explicar entonces la “regañada” que Medina Plasencia le puso a Zedillo en plena Tribuna al responder a su V Informe del 99?, ¿o la feroz y exitosa oposición del PRI y PRD a las malogradas iniciativas foxistas?, ¿o la posición al “tu por tu” del crimen organizado ante la presente Administración Calderonista? ¿Puede imaginarse Usted la actitud ya descrita de Medina Plasencia ante un López Portillo… o un NO rotundo y mayoritario en el Congreso de 1991 a Salinas de Gortari… o la actitud belicosa y retadora de un narcotraficante ante el poder Presidencial del 68?
Si bien es cierto el sistema mencionado ya ha pasado a la historia dejando vigentes sus secuelas perniciosas, lo que ahora padecemos en México es una “mini presidencia imperial”, igual de dañina para el País, ya que ahora, al amparo del artículo 115 Constitucional, son los Alcaldes quienes hacen y deshacen a su antojo al ejercer un poder municipal malentendido de manera ilegal, arbitraria y excluyente.
Frecuentemente en nuestros municipios, sobre todo en aquellos de menos de 100 mil habitantes catalogados como semi urbanos y rurales; es común ver a un presidente municipal decidiendo prácticamente TODO: desde la nómina y prestaciones de los empleados y funcionarios del Ayuntamiento (que siempre serán abultadas y generosas); la adjudicación directa de obras (de preferencia para parientes y amigos); los colores que cubrirán los edificios, patrullas y recolectores de basura (los cuales no deberán de desentonar con los de su partido); logos y lemas de la administración municipal (que en su mayoría al final resultan ser solo frases huecas); otorgamiento discrecional de licencias y permisos (las cuales dejan al Alcalde una buena tajada); remover funcionarios que solo el Cabildo puede realizar (práctica ilegal muy común, ya que los Alcaldes al destituir Contralores, Tesoreros, Directores de Seguridad Publica, etc., lo hacen de manera personal, cuando al igual que sus nombramientos, las remociones de dichos funcionarios también deben de estar avaladas por la mayoría del Cabildo); etc.
¿Cuál es la razón por la cual esa nociva “mini presidencia imperial” se niega a morir? Hay que destacar principalmente 2 motivos: el primero, una sociedad apática que poco o nada exige a sus autoridades municipales, el muy cómodo dejar “que roben pero que trabajen”, como si los recursos y bienes municipales brotaran a raudales. El segundo, unos funcionarios que se humillan voluntariamente al someterse y doblegarse al Alcalde, me refiero a los Regidores y Síndicos. Estos ignoran o dejan pasar una verdad de Perogrullo: la autoridad máxima municipal lo es el Ayuntamiento; presidente, síndico y regidores reunidos en Sesión de Cabildo.
Para precisar lo anterior, pongamos un ejemplo: cuando un particular ha sido perjudicado en sus derechos por un acto considerado arbitrario por parte de su Alcalde y decide acudir a un Juez de Amparo solicitando su protección, obteniendo de éste una sentencia favorable; si el presidente municipal se muestra renuente a acatar lo que se le ordena mediante la citada resolución de amparo, la Ley de la materia estipula en este caso que se deberá de requerir al superior jerárquico para que sea éste quien obligue al Alcalde omiso a cumplir sin demora la sentencia; aclarando la Suprema Corte que es al Ayuntamiento como superior jerárquico del presidente municipal a quien se le deberá de enviar el requerimiento en mención. En caso de desacato aun con la exigencia del Ayuntamiento al Alcalde, la Suprema Corte podrá determinar la separación definitiva del cargo del funcionario rebelde.
Precisado lo anterior, como que ya es necesario que nuestros regidores y síndicos asuman su responsabilidad conferida, convirtiéndose así en el sano contrapeso del Alcalde que debe de existir en todo Ayuntamiento para el bien de nuestros municipios y su población, sin llegar al otro extremo, el de convertirse en una oposición radicalizada, porque entonces habremos salido de Guatemala para entrar a Guatepeor.
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